LA CONVERSIÓN DE VIVIENDAS EN ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

31.10.2018

El fenómeno de la conversión de viviendas en alojamientos vacacionales es una realidad imparable que prolifera en localidades con especiales atractivos turísticos, como la nuestra.

Las administraciones públicas tienen un papel crucial que deben desempeñar para ayudar a ordenar este fenómeno y hacer cumplir las normas determinadas por las comunidades autónomas y las corporaciones locales españolas, conforme a sus competencias de ordenación turística y planificación urbana. Por todos es conocido el caos normativo que existe actualmente en esta materia, y la inactividad de la administración.

Numerosos estudios han demostrado los efectos negativos que sobre la garantía de los derechos de los consumidores, la seguridad nacional, el acceso a la vivienda y la convivencia vecinal, tienen los alquileres clandestinos, sin licencia o ilegales. Abundan las personas (físicas y jurídicas) que no cumplen las normas que regulan la actividad de los alquiles vacacionales. También las plataformas online y las páginas webs (o perfiles de Facebook) que intermedian en estos alquileres son partícipes a título lucrativo de esa ilegalidad palmaria. Ya se ha denunciado en innumerables ocasiones esta realidad tanto ante la administración pública local (Ayuntamiento) como la administración autonómica (Junta de Andalucía), e incluso ante la Guardia Civil, y no se ha hecho nada.

La realidad de los alquileres vacacionales clandestinos exige una pronta respuesta, al menos desde el Gobierno central, modificando algunas leyes de nuestro ordenamiento jurídico, contribuyendo así a poner orden en esta materia tan delicada en la que tanto nos jugamos. La Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, aprobada en la época del régimen de Franco, es obsoleta y debería adaptarse a la realidad social de nuestro tiempo en algunos aspectos esenciales para frenar actividades molestas, nocivas e ilícitas.

Igualmente, y por los mismos motivos, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos no son ya instrumentos válidos para luchar contra el mercado negro que generan los alquileres clandestinos, por lo que también deberían modificarse. Existen negocios de arrendamientos ilegales de viviendas con una estructura que permite hacer negocios que crecen, se desarrollan y mutan a una velocidad impensable hasta ahora, y todo ello gracias a las nuevas tecnologías. La Administración pública debe contribuir a aumentar la seguridad jurídica de todos los actores del mercado de los alquileres vacacionales, instrumentando los medios necesarios para sancionar a los "piratas" u "oportunistas".

La competencia desleal que a día de hoy se observa en los hospedajes ilegales es algo tan notorio y público como la pasividad de la Administración en su sanción. Basta considerar, por ejemplo, en relación con el impuesto del IVA, que no están equiparadas las obligaciones fiscales entre todos los tipos de alojamiento que se ofertan en el mercado. A día de hoy, el alojamiento de corta duración no tributa como lo hace la habitación de un hotel, o un servicio de camping, siendo la misma actividad de alojamiento la que se oferta.

En Nueva York o Amsterdam, existe la obligación del propietario de una vivienda en régimen de propiedad horizontal de comunicar a su comunidad la actividad de alquiler vacacional o turístico. En España, sin embargo, rige la ley del "todo vale". Es necesario que las Comunidades de propietarios tengan más facultades de control de la actividad de arrendamientos que se contratan. Un arrendamiento vacacional ilegal atenta flagrantemente contra los derechos de convivencia de los vecinos.

Una medida que se hace absolutamente necesaria es que la Ley de Propiedad Horizontal se modifique, y se exija al propietario, o explotador de una vivienda en la que se desarrolla una actividad de alquiler turístico o vacacional, que justifique estar al corriente de pago de las cuotas comunitarias. Así se evitaría mucha pillería en este sector, sacando a la luz una economía sumergida que mueve millones de euros cada año y que perjudica tanto al fisco, a los empresarios hoteleros que honestamente cumplen las cada días más exigentes normas en materia turística, como a los consumidores y usuarios de esos alquileres.